Qué se puede hacer a distancia
- La asesoría inicial por videollamada.
- El envío de documentos de forma digital, para revisarlos antes de presentar.
- La coordinación de firmas y la comunicación durante todo el trámite.
- Las gestiones en el juzgado, que realiza tu abogado.
Lo que puede requerir tu presencia
Algunas actuaciones pueden requerir que comparezcas personalmente, por ejemplo ciertas audiencias o la ratificación de un convenio. Si estás lejos, se explora cómo cumplirlo con el menor desplazamiento posible.
¿Dónde se tramita el divorcio?
| Pregunta | Por qué importa |
|---|---|
| ¿Dónde vive cada cónyuge? | Quien demanda puede elegir el juzgado del domicilio de cualquiera de los dos |
| ¿Dónde fue el último domicilio conyugal? | Es un dato útil que conviene tener a la mano |
| ¿Hay hijos menores y dónde viven? | Algunas decisiones sobre los hijos se vinculan con su residencia |
Cada caso tiene sus particularidades. Antes de presentar nada, confirmamos contigo cuál es el juzgado que corresponde.
Qué preparar si vives fuera
- Digitaliza tus documentos: acta de matrimonio, identificación y actas de los hijos. Mira la lista de documentos.
- Ten una conexión estable y un lugar tranquilo para la videollamada.
- Anota tu domicilio actual y el último domicilio conyugal.
- Define cómo quieres recibir las noticias del caso: WhatsApp, correo o llamada.
Cómo te ayudamos
Nos encargamos del trámite completo: revisamos tu caso, preparamos y presentamos los escritos, reunimos las pruebas, acudimos a las audiencias y te mantenemos informado. Tú nos cuentas tu situación; nosotros llevamos el juicio.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que ir a Tabasco para divorciarme?
No siempre. Depende del tipo de divorcio y de las actuaciones que requiera el juzgado. Muchas gestiones se hacen a distancia.
¿Puedo hacer la asesoría desde otro país?
Sí, por videollamada. Los trámites en el juzgado los realiza tu abogado en Tabasco.
¿Y si mi pareja vive en otro lugar?
Se revisa la competencia y cómo notificarle. Puede requerir más gestiones.
Fuentes
- Código Civil para el Estado de Tabasco: divorcio (arts. 260, 268, 269 y 272 a 278).
- Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco: emplazamiento y plazo para contestar (arts. 213 y 119) y competencia.
Información general y orientativa. Cada caso es distinto: este artículo no sustituye una asesoría legal.